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El CNI despidió a un agente de origen marroquí por temor a que fuera captado por Rabat
La decisión, avalada por la Audiencia Nacional, esgrime un informe que tilda de “incierta” la lealtad del trabajador a España y al servicio secreto.
El Centro Nacional de Inteligencia (CNI) despidió en el verano de 2023 a uno de sus agentes de origen marroquí al considerar que su lealtad a España y a la propia institución “como mínimo, se puede valorar como incierta”, según ha trascendido ahora por una reciente sentencia de la Audiencia Nacional que ha avalado la decisión del organismo de prescindir del trabajador. La expulsión se produjo después de que la División de Personal del CNI elaborase un informe interno sobre el agente en el que se apuntaba el temor a que, precisamente por esta presunta falta de fidelidad, pudiera ser captado por los servicios de inteligencia de su país de origen con el consiguiente riesgo para la propia seguridad del Centro.
El informe ―fechado el 22 de agosto de 2023 y reproducido parcialmente en la reciente sentencia― destaca que “los resultados obtenidos durante la investigación […] se consideran relevantes para la seguridad del CNI y las personas que trabajan en el Centro” y atribuye al entonces trabajador, que había entrado en el organismo cinco años antes, una actitud negativa en sus funciones. Todos los agentes son sometidos periódicamente a evaluaciones en las que se analizan “aspectos de la personalidad, competencia, rendimiento y actuación profesional”, según contempla el estatuto del personal del Centro. “La no superación de la valoración de idoneidad es causa de pérdida de la condición de personal estatutario” y, por tanto, causa baja como personal de la institución, continúa el reglamento interno.
En este caso, el informe sobre el entonces agente destacaba que “sus manifestaciones y comportamientos revelan que no acata la normativa interna, no cumple el deber de reserva, busca su propio interés y no siente aprecio, ni respeto, por la institución, sus jefes y compañeros e incluso el miembro del CNI con el que convive”, en referencia a su pareja, también agente del servicio secreto español. “Estas circunstancias, junto con su insatisfacción personal, su nacionalidad de origen y el hecho de que la mayor parte de su familia sigue residiendo en Marruecos, constituyen un riesgo grave de seguridad”, continúa el documento.
Los autores del informe alertan que son, precisamente, “estos factores” los que pueden ser “detectados y utilizados por los SI (servicios de inteligencia) marroquíes”. Ocho días después de emitirse el informe, la directora del CNI, Esperanza Casteleiro, comunicaba al agente la pérdida de su condición de personal del Centro al considerar que ya no era “idóneo” para trabajar en él.
La decisión del CNI conocida ahora se producía dos años después de que, durante la crisis diplomática entre España y Marruecos por la acogida al líder del Frente Polisario, Brahim Gali, el Centro hubiese alertado al Gobierno de Pedro Sánchez de las maniobras de la Dirección General de Estudios y Documentación (DGED por sus siglas en francés), el servicio de inteligencia exterior dependiente de las fuerzas armadas marroquíes, para captar colaboradores en España en distintos ámbitos. El CNI aseguró entonces que Rabat empleaba para ello “bastantes recursos, incluso económicos”. Además, en los últimos 13 años, el CNI ha frustrado “por razones de seguridad nacional” que, al menos, seis ciudadanos marroquíes adquirieran la nacionalidad española tras detectar supuestos vínculos de todos ellos con los servicios de espionaje del país norteafricano.
El despido fue recurrido por el agente, primero ante el propio servicio de inteligencia y, tras rechazar este su readmisión, ante la justicia. En sus escritos, alegaba que su salida del centro había sido fruto de una supuesta discriminación por razón de su origen marroquí y no “por su rendimiento, su conducta y su valía”. En este sentido, el ya exagente incidía en que pocos meses antes de su despido había realizado un curso para integrarse en una misión del CNI en el Kurdistán sirio en el que fue evaluado desde el punto de vista psicológico y declarado apto, aunque finalmente no se incorporó al operativo.
El exagente aportó también mensajes de WhatsApp que, en su opinión, demostraban un supuesto “trato vejatorio” hacia él, así como el testimonio de su pareja en el mismo sentido. Además del reingreso, también pedía adquirir la condición de personal “permanente” del Centro. Él había entrado como “temporal”, una situación en la que podía permanecer un máximo de seis años, plazo que, de ser readmitido, hubiera cumplido.
Sin embargo, las pretensiones del agente han sido rechazadas hasta ahora en tres ocasiones. En primer lugar, por la propia directora del CNI en noviembre de 2023. En segundo lugar, por el titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 10 de la Audiencia Nacional, quien en diciembre de 2024 fallaba también en contra de las pretensiones del exagente al concluir que la decisión del Centro era “ajustada a derecho”.
El tercer revés judicial se produjo el pasado 4 de marzo, cuando los cuatro magistrados de la Sala Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional volvieron a avalar la expulsión del agente. En esta resolución, el tribunal destacaba precisamente el contenido del informe interno que ponía en duda su lealtad, y concluye que los hechos recogidos en el mismo afectan “a la propia seguridad del Centro Nacional de Inteligencia”, por lo que rechazaba el recurso y avalaba el despido. La sentencia aún puede ser recurrida por el exagente ante el Tribunal Supremo.
Con El País, 02/04/2026