Las prospecciones de petróleo en Canarias según notas diplomáticas marroquíes

Abril de 2012

El asunto de las prospecciones de petróleo en las Islas Canarias, en espera desde 2001, año en que España había planeado comenzar la búsqueda de petróleo en las Islas Canarias y cuya autorización otorgada a Repsol no pudo realizarse ya que el proyecto fue rechazado por la Corte Suprema por razones ambientales, resurge con el nuevo gobierno del Partido Popular.

En efecto, desde enero de 2012, el Ministro de Industria, Energía y Turismo español, Sr. José Manuel Soria, ha reiterado repetidas veces, sin tregua, su aprobación para relanzar estas prospecciones, dada su importancia en la promoción de la economía de España, según él, especialmente en este momento de crisis económica atravesadaa por el país.

Para Soria, los pozos de petróleo que Repsol podría perforar en las costas de Lanzarote y Fuerteventura cubrirán al menos el 10% del consumo de petróleo crudo de España, lo que, dice, reduciría la dependencia de España de la importación de este producto (casi 99%).

La determinación del Ministro de Industria español de llevar a cabo este proyecto se vio coronada por la adopción por el Consejo de Ministros, el 16 de marzo de 2012, del Real Decreto que autoriza a la empresa Repsol a iniciar la prospección de petróleo a 61 km de las Costas de Lanzarote y Fuerteventura.

El Decreto define que esta nueva autorización se extenderá por un período de 6 años, la primera fase se dedicará a los estudios geoquímicos, cuyo objetivo sería evaluar el potencial del fondo marino, seguido de otra fase de exámenes geológico y geofísico. Estas fases, a su vez, irían seguidas de una fase de prospección propiamente dicha, es decir, a partir del tercer año, cada prospección que Repsol desearía llevar a cabo y que requeriría una autorización, debería ir acompañada de estudios adicionales relacionados con el impacto ambiental de estas encuestas en las islas, un plan de gestión ambiental, con medidas preventivas y correctivas, así como un plan de contingencias ambientales.

Sin embargo, la adopción de este nuevo Decreto causó controversia en los círculos canarios, en particular en los Cabildos de Fuerteventura y Lanzarote, quienes han demostrado repetidamente su rechazo a llevar a cabo esta actividad, estimando que las disposiciones de este nuevo Decreto no cumplen con las Directivas 9011/92 sobre la evaluación del impacto de ciertos proyectos públicos y privados en el Medio Ambiente, y 92/43 sobre la conservación de hábitats naturales y fauna y flora silvestres, establecidos en las Normas de la Unión Europea sobre este tema.

Estas protestas no tuvieron efecto en la decisión de prospección ya que el Consejo de Ministros dió a Repsol, el 1 de abril de 2012, la autorización final para comenzar sus actividades de exploración petrolera a 61 km de las costas de Lanzarote y Fuerteventura.

Repsol está, a partir de esta fecha, comprometida a realizar estudios ambientales, antes de comenzar su prospección. Durante este proceso, cualquier organización, asociación o partido político podría presentar alegaciones que considere necesarias para detener estas operaciones. En este sentido, Repsol ha planeado aplicar los estándares medioambientales más estrictos.

A esta fase de revisión ambiental le seguirá una perforación de exploración en los nueve bloques previstos en el nuevo Real Decreto. Concretamente, se realizará una primera encuesta para definir la estructura del embalse. Esta operación duraría entre dos y tres meses. Esta fase es decisiva ya que determinará la presencia o ausencia de hidrocarburos, así como su rentabilidad, dependiendo de qué proyecto podría progresar o interrumpirse. La probabilidad de éxito se estima entre 10% y 25%.

Si esta investigación resulta positiva, un proceso que tomará 8 o 10 años (2022-2024), Repsol extraerá los primeros barriles de petróleo. La compañía estima que se podrían producir alrededor de 38 millones de barriles en aguas canarias, el equivalente a casi el 10% del consumo mundial actual de crudo en España.

Como se mencionó anteriormente, durante el período de estudios ambientales que Repsol debe hacer antes de comenzar sus investigaciones, cualquier institución o partido político que se oponga a ella puede inhibir o cancelar la prospección, y esto mediante el recurso a la Justicia. De hecho, la ley española establece, para este propósito, dos vías para proceder a esta apelación:

1- Contestar el Real Decreto directamente ante la sala de lo contencioso administrativo de la Corte Suprema, de conformidad con el artículo 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contencioso-administrativa, en el caso de un Acuerdo del Consejo de Ministros

El límite de tiempo para esta apelación es de 2 meses a partir de la fecha de publicación del Decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

2- Desafiar el Real Decreto ante el Tribunal Constitucional. En este caso, la apelación se presenta dentro de los tres meses a partir de la fecha de publicación en el BOE.

Los argumentos que los solicitantes podrían presentar, entre otros, se estructurarían de la siguiente manera:

-Nulidad del Real Decreto refutado, en la medida en que revalida los permisos vencidos ya que los plazos máximos establecidos para llevar a cabo las actividades autorizadas, desde 2001, ya se han excedido. Para ello, dicho Decreto parece ignorar la Ley de Hidrocarburos y las normas relativas a la validez y vencimiento de los permisos de exploración.

– Invalidez del Real Decreto, ya que no es de carácter urgente o excepcional.

– Invalidez del Real Decreto en la medida en que aborda cuestiones que no se han abordado mediante la negociación colectiva.

Con respecto a la negociación de estas exploraciones petroleras con Marruecos, España hasta ahora no ha expresado su intención de reabrir este expediente con nuestro país. Aunque a nivel del gobierno canario, se han hecho insinuaciones en esta dirección, en este caso por el Presidente del « Cabildo de Lanzarote », Sr. Pedro San Ginés, quien había afirmado, en enero de 2012, que si el estado español decide llevar a cabo estas prospecciones, sería necesario llegar a un acuerdo con Marruecos para que estas operaciones se realicen lejos de las costas de Lanzarote y Fuerteventura, el gobierno central estima que estas actividades no tienen nada que ver con Marruecos. El ministro de Industria, José Manuel Soria, ha declarado claramente, más de una vez, que España no puede permitirse el lujo de no autorizar estas prospecciones a 61 km de la costa canaria, en las que, además, es la misma roca fuente donde Marruecos, al lado de su mediana marítima virtual, está autorizando exploraciones. Como resultado, y dado que España nunca ha reaccionado ni se ha opuesto a estas exploraciones, Marruecos debería, en su opinión, hacer lo mismo en el caso de que sea España quien las realice.

Las declaraciones de Soria están aún más consolidadas por la reciente declaración de la Vicepresidenta del Gobierno español, Soraya Sáenz de Santamaría, que corrobora la posición del gobierno central de no negociar esta cuestión con Marruecos ni prever el más mínimo consenso. al respecto. Soraya Sáenz aclaró, en est

e sentido, que el Gobierno español « está haciendo uso de estas facultades y competencias » al aprobar estas autorizaciones.

Estos elementos se refieren al tema de la delimitación de espacios marítimos entre Marruecos y España, en la medida en que estos estudios se realizarán en aguas donde no exista una línea divisoria entre las zonas de explotación económica exclusiva, reconocidas oficialmente por los dos paises.

En estas condiciones, el escenario acaecido en 2001, un período en el que el gobierno marroquí protestó enérgicamente por la decisión del gobierno de José María Aznar de autorizar los permisos 1 a 9 en Repsol para llevar a cabo la prospección de petróleo en un área que separa las islas Canarias orientales de la costa marroquí a una distancia de 9.8 km de Fuerteventura y 19.6 km de Lanzarote, riesgo de recurrencia. De hecho, la concesión de estos nuevos permisos supone implícitamente una delimitación unilateral por parte de España de su área marítima a lo largo de las costas canarias.

Sin embargo, la posición oficial marroquí es proceder a la delimitación de áreas marítimas con España, por acuerdo, y esto de acuerdo con el derecho internacional consuetudinario, que establece que la delimitación de la plataforma continental se lleva a cabo por acuerdo, para llegar a una solución justa. Si los Estados interesados ​​no llegan a un acuerdo definitivo, adoptarán disposiciones provisionales de carácter práctico, sin perjuicio de la delimitación final. Por lo tanto, procesalmente, el acuerdo de los dos países es esencial para delimitar, definitiva o provisionalmente, la plataforma continental.

Marruecos puede contestar la adopción del nuevo Decreto, ya que infringe los derechos inherentes a la soberanía marroquí. De hecho, de acuerdo con el derecho internacional consuetudinario, Marruecos ejerce derechos soberanos sobre su plataforma continental, que se extiende mucho más allá de la línea media, como una extensión de su territorio bajo el mar, con fines de exploración y la explotación de sus recursos naturales. Estos derechos son exclusivos, en el sentido de que si Marruecos no explora su plataforma continental o explota sus recursos naturales, nadie puede realizar tales actividades sin su consentimiento expreso.

El Acuerdo entre las partes es el primer y principal elemento de esta regla, que requiere una negociación de buena fe como un deber general de conducta. Esta tesis es la adoptada por Marruecos sobre este tema.

El segundo escenario sería, en este sentido, que las partes decidan negociar de buena fe. Esta obligación de negociar de buena fe impide que los Estados realicen ciertos actos que pueden obstaculizar el logro de un acuerdo de delimitación; actos relacionados tanto con la negociación como con el uso del área.

Tanto para España como para Marruecos, esta obligación está impuesta por un tratado, ya que el párrafo 3 de los artículos 74 y 83 de la Convención de 1982 establece que, siempre que no haya un acuerdo de delimitación , « los Estados interesados, en un espíritu de comprensión y cooperación, harán todo lo posible para llegar a acuerdos provisionales de carácter práctico y no harán, durante este período de transición, nada que pueda obstaculizar la conclusión de un acuerdo final ».

De hecho, y por iniciativa de Marruecos, se creó un grupo de trabajo mixto en noviembre de 2002, para delimitar los espacios marítimos que separan las Islas Canarias de las costas marroquíes. El trabajo de este grupo no ha dado resultados ya que que la parte española no ha respondido hasta ahora a la propuesta marroquí de negociar áreas comunes de cooperación en las aguas en disputa. Además, y en caso de que este grupo se reactive, Marruecos reformularía la misma propuesta, como una solución temporal y no definitiva para la delimitación de las aguas territoriales de cada uno de los dos países.

Lejos de ser adoptado por Marruecos, que invariablemente aboga por negociaciones bilaterales, ni por España. Recordemos, en este mismo contexto, la declaración del representante del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España, en 2001, en respuesta a una pregunta ante el Senado, sobre la conveniencia de presentar un recurso de arbitraje ante la ONU en relación con la delimitación de aguas territoriales con Marruecos, afirmando que: « … el escenario no ha cambiado, desde un punto de vista político y legal. Para esto, el Gobierno no está considerando la posibilidad de presentar la cuestión del arbitraje para la delimitación de las aguas territoriales ante las Naciones Unidas « .

El recurso al arbitraje en esta cuestión no podría dar lugar a ningún resultado concreto, en este caso para el lado español, ya que la regla para la delimitación de la zona económica exclusiva establecida en el artículo 74 del Convenio de 1982 y la regla gemela para la delimitación de la plataforma continental establecida en el artículo 83 de la Convención declara que la delimitación entre Estados con costas adyacentes o de frente, « (…) se efectuará por acuerdo entre ellos sobre la base de derecho internacional al que se refiere el artículo 38 del Estatuto de la Corte Internacional de Justicia, para llegar a una solución equitativa ”.

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Al Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación.

Madrid, 24 de julio de 2014

Asunto: Prospección de petróleo en Canarias / primeras encuestas de Repsol

Ref: M / I. No. 1912 del 25 de junio de 2014

En seguimiento a mi carta citada en referencia, tengo el honor de informarle que la compañía petrolera Repsol tiene la intención de comenzar su primera perforación de pozos petroleros a 60 km al este de las Islas de Fuerteventura y Lanzarote, durante el primer trimestre del año en curso, a la espera de recibir la autorización final del Ministerio de Industria para llevar a cabo estas prospecciones.

Se trata de llevar a cabo, en primer lugar, explotaciones a nivel de dos de los nueve bloques « Canarias 1 a 9 », ubicadas en la roca madre en la parte de su línea media equidistante a las costas de Tarfaya y Tan-Tan, y más precisamente en el lugar llamado « Sandía ».

Por lo tanto, y si estas prospecciones resultan positivas, Repsol pretende extraer entre 100.000 y 120.000 barriles de petróleo por día, en un período de 20 a 25 años. Sin embargo, estas especulaciones dependen de la calidad del petróleo hallado. En efectho, según los estudios de esta compañía petrolera, existen, a nivel del mismo depósito de rocas donde España y Marruecos llevan a cabo en paralelo sus respectivas perforaciones de pozos petroleros, cada una al lado de su línea mediana virtual, zonas » calientes » y zonas » frías « .

En otras palabras, las zonas « calientes » son aquellas que contendrían importantes cantidades de petróleo apto para la comercialización, mientras que las zonas « frías » contendrían petróleo pesado e inutilizable. En este sentido, Repsol ha previsto llevar a cabo sus estudios lejos de las áreas supuestamente « frías », y más precisamente a 20 km del área llamada Juby Maritime I, donde Marruecos tiene precisamente petróleo pesado e inutilizable durante los estudios realizados en el primer trimestre de 2014, según la multinacional. En consecuencia, Repsol tiene la intención de volver a examinar el área en busca de los puntos donde se encuentran los pozos de petróleo comercializables y ha descartado llevar a cabo una tercera perforación, en caso de resultados negativos para los dos primeros, basándose en los resultados ya ha comenzado en aguas cercanas al área de exploración de Repsol, y que representan, según esta última, las
mismas características bióticas.

En caso de un resultado positivo, después de una nueva planificación del mapa geobiótico de las áreas de prospección mencionadas anteriormente, Repsol planea producir 5.000 barriles de petróleo por día, lo que, según su presidente Antonio Brufau, promovería la riqueza, independencia del mercado petrolero internacional, creación de empleo y promoción del turismo en la zona.

El Embajador Mohamed-Fadel Ben Yaich

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Consulado General
del Reino de Marruecos
Almería

27 ago. 2014

Confidencial

Ministro de Asuntos Exteriores y Cooperación

– Cabina 1
– El viceministro. Cabina 2
– M- El Secretario General
– Embajador de Su Majestad el Rey en Madrid.

Asunto: prospección petrolera en Canarias

Tengo el honor de señalarles que los criterios de evaluación de nuestro país en términos de delimitación del espacio marítimo nacional ubicado entre el Archipiélago de las Islas Canarias y las costas marroquíes en la costa atlántica, difieren de los defendido por España. Si bien Marruecos promueve el principio de equidistancia, nuestro vecino español favorece el de la línea media.

Las tímidas iniciativas para conciliar estas dos tesis, que ocurrieron en particular durante los tumultuosos períodos que marcaron, en el pasado, las relaciones bilaterales hispano-marroquíes, no tuvieron éxito. El tema es muy complejo tanto legal como políticamente en la medida en que afecta la cuestión de la soberanía. El carácter archipelágico del estado español es atípico porque la península ibérica se encuentra lejos de las Islas Canarias y la plataforma continental y la exclusiva zona económica marítima de Marruecos se extendería a estas islas.

Un status quo tácito prevalece actualmente en esta área extremadamente sensible debido al conflicto artificial montado contra nuestra integridad territorial. Las relaciones hispano-marroquíes se ven bien, incluso excelentes, sin embargo, me temo que la diferencia bilateral en este tema se recuperará tras la reciente autorización otorgada por el gobierno español a la empresa Repsol para llevar a cabo prospecciones petroleras en el perímetro archipelágico de Canarias. .

España ha contado desde los albores de la década actual con los posibles recursos energéticos que contendría el subsuelo marítimo de esta zona. Además, Marruecos debe estar atento y atento ante el desarrollo de estas encuestas y sus posibles repercusiones en los intereses del país.

Alta consideración

El cónsul general

Sellam Berrada

 
 
Tags : Canarias, Repsol, prospecciones, aguas territoriales, fronteras marítimas, 

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